Pasos que se deben seguir para obtener el registro sanitario de SENASAG para los centros de transformación de charque

Se entiende por registro sanitario al aval emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) a las empresas del rubro alimenticio que cumplen con el reglamento: “Requisitos sanitarios para fabricación, almacenamiento, fraccionamiento y transporte de alimentos y bebidas de consumo humano”. La obtención del Registro Sanitario sirve además como instrumento para emitir el “Certificado Sanitario de Exportación”.

La persona natural o jurídica que deseen obtener o renovar su certificado de “Registro Sanitario”, deberá aproximarse a la oficina respectiva de la Jefatura Distrital del SENASAG presentando un expediente que contenga los siguientes documentos:

  1. Carta de solicitud (se recomienda utilizar el formato establecido).
  2. Fotocopia del NIT. (Certificado de Inscripción del Contribuyente).
  3. Fotocopia de inscripción en FUNDEMPRESA
  4. Formulario de Solicitud y Formulario de relación de ingredientes y aditivos a utilizar debidamente llenado.
  5. Carta de aprobación de etiquetas de acuerdo al formato establecido o en su caso, si aplicase, por única vez la carta de revisión de etiquetas junto con el formulario de uso de stock sobre las etiquetas observadas de los productos.
  6. Flujograma de Proceso por producto (en caso de procesadoras de cárnicos).
  7. Croquis de distribución de ambientes en la planta de acuerdo al contenido mínimo del formato establecido.
  8. Croquis de ubicación de la planta de acuerdo al contenido mínimo del formato establecido.
  9. En el caso de que sea una empresa procesadora de carne y productos derivados y/o bebidas alcohólicas deberá adjuntar copia de Certificado de Registro Sanitario SENASAG del proveedor de materia prima (carne y alcohol respectivamente) y carta o cualquier otro documento que acredite el aprovisionamiento de materia prima
  10. Certificado de funcionamiento emitidos por el Gobierno Autónomo Municipal
  11. Ficha ambiental emitida por la Gobernación
  12. Depósito bancario a la cuenta del SENASAG de acuerdo a las tasas aplicables vigentes.
  13. Al momento de la visita de SENASAG se tomarán muestras tanto del producto como del agua para su análisis microbiológico, para este efecto la empresa debe correr con el costo de los análisis en laboratorios autorizados por SENASAG.

RESUMEN DE PROCEDEMIENTO

  • La empresa productora presenta a la respectiva Jefatura de Distrito del SENASAG una Carta de Solicitud de Registro de Empresas del Rubro Alimenticio, adjuntando un expediente con los requisitos listados en el punto anterior.
  • La Jefatura Distrital asigna un Inspector, quien firma el “Libro de Registro Sanitario” y realiza la evaluación técnica levantando el “Acta de Inspección” y efectúa la toma de muestras para el producto o productos y agua potable.
  • Elabora el Informe de Registro Sanitario y remite al Encargado de Inocuidad Alimentaria, quien evalúa el Informe y emite el dictamen correspondiente (aprobado, susceptible de adecuación, no susceptible de adecuación), dependiendo de los resultados de análisis de laboratorio de las muestras del producto y agua que estén inocuos.
  • Si el dictamen es de aprobación, se remite la documentación al Jefe de Distrito para su aval y firma, y luego se remite la documentación al Área Nacional de Registro y Certificación para la emisión del Certificado de Registro Sanitario.
  • Finalmente se otorga el Certificado de Registro Sanitario original a la empresa, se archiva una copia en el Área Nacional de Registro y Certificación, y otra copia en la Jefatura Distrital.
  • Si el dictamen es “susceptible de aceptación”, se comunica a la empresa las observaciones para que realice los ajustes necesarios para obtener el Registro.
  • Si el dictamen es “no susceptible de adecuación”, corresponde el cierre de la empresa.
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